PREVENIR EL BLANQUEO DE CAPITALES:
MADRID, 20 de FEBRERO de 2014 -
LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez
INBLAC renueva Junta Directiva para
convertirse en referencia del sector de la prevención e interlocutor con la
administración
Dificultar el blanqueo de bienes. Esta es
una de las tareas pendientes que existe en nuestro país y que como colofón se
plasma en los importantes índices de economía sumergida que existen en España.
Ahora es casi el 25 por ciento del PIB. Este miércoles tuvo lugar una
importante Junta directiva de INBLAC, organización profesional creada hace unos
meses para formar y aglutinar a los profesionales que trabajan en este sector,
preferentemente juristas y economistas. Victor Altimira (segundo por la
derecha) es el nuevo presidente de una Junta nueva en la que se quiere seguir
trabajando tanto a nivel de intensificar las relaciones con la administración,
en general y el SEPBLAC, organismo de control público en particular, como con
el resto de sujetos obligados por la Ley del 2010 que regula la prevención de
blanqueo y otras instituciones. “Es posible estemos ante el delito del siglo
XXI”, afirman desde la entidad. A este contexto hay que añadirle la próxima
reforma penal donde se intensifica la necesidad de contar con este tipo de
programas de Compliance a nivel general. Y es que la prevención del blanqueo
mira fuera de la organización. Y el compliance hacia dentro de cada entidad.
La reestructuración de INBLAC es fruto
lógico de adaptarse a los nuevos tiempos y responder a las necesidades de una
actividad, la prevención del blanqueo de capitales que evoluciona de forma
progresiva: “Desde nuestra asociación queremos ser el punto de encuentro de
juristas y economistas que nos dedicamos a esta actividad profesional”, explica
Víctor Altimira, socio de Logic Data Consuting y presidente recién elegido.
Desde esta entidad se reconoce que el blanqueo de capitales es el delito del
Siglo XXI, que se ha ido modificando en su complejidad y que a ello contribuye
la normativa a veces no muy clara al respecto. “ Somos conscientes que la relación
con el SEPBLAC es fundamental y que esa ventanilla única que ha abierto ayudará
a mejorar la relación de este organismo público de control con los
profesionales.” Junto a Altimira, las novedades en la Junta son
la presencia Oscar Bosch, director de Preventia como vicepresidente y Angel
Díaz, como tesorero, manteniéndose en labores de secretario ejecutivo Francisco
Bonnati, socio director de Bonnati Penal.
Para estos profesionales, la regulación
del delito de blanqueo de capitales está bien regulado, en relación con la
normativa europea y convenios internacionales para reprimir esta práctica
delictiva.”Esta tipología de delito está bien legislado, excepto en el problema
en el que el GAFFI insiste que surge del delito de blanqueo de capitales
derivado del fraude fiscal como antecedente. De hecho la única Sentencia que
hay del Supremo sobre este tema deja claro que hay un fallo de legislación y
que en ese caso habría que identificar los bienes específicos de posible delito
de blanqueo” comenta Bonnati. Otra cuestión es cómo se aplique en cada
jurisdicción y los criterios que aplique la fiscalía y la policía a la hora de
investigar esos delitos y los medios que tengan a su disposición, añade.
“Queremos a partir de ahora intensificar nuestra relación con el SEPBLAC y
poder contribuir a las aportaciones necesarias para que mejore nuestra
legislación en este terreno.”
Para INBLAC La ley 10/2010 significó una
importante apuesta del Estado Español en la lucha contra el Blanqueo de
Capitales y la Financiación del Terrorismo (BC-FT), afectando a
más de veinte sectores empresariales y profesionales, aunque debería haberse
desarrollado por vía reglamentaria antes del verano de 2011. “El Reglamento
publicado el pasado mes de septiembre es un buen reglamento, te da más libertad
a la hora de cumplir tus obligaciones. De ahí que aparezca la figura del sujeto
obligado pequeño”, señala su secretario ejecutivo. Según datos de la Comisión de
Prevención de Blanqueo de Capitales en los años 2010/2, el delito subyacente ya
no es el tráfico de drogas o estupefacientes “los delitos de fraude son mayores
y hay otra parte importante relacionada con los impuestos o fraude fiscal.
Además hay cerca de 800 delitos no identificados su procedencia”, apunta
Joaquín Mena, Ceo de Quimena Consulting y vocal de la Junta.
Muchos sujetos obligados
Con la citada Ley 10/2010 se puso en el
ojo del huracán a una veintena de actividades como sujetos obligados de cara a
cumplir la normativa de prevención estipulada sobre blanqueo de capitales.” Es
posible que el legislador haya sido muy celoso en la configuración de esta
lista de sujetos obligados, pero en países de Latinoamérica, las agencias de
viaje también lo son, “comenta Mena. Además, nos comenta este profesional que
se echan en falta protocolos de actuación en el ámbito de instituciones ,
especialmente públicas, que no tienen esta condición de sujetos obligados. “De
hecho habría que aprovechar que la ley del 20120 reconocer la obligatoriedad de
informar a los funcionarios en materia de blanqueo, se podría haber trabajado
en el desarrollo de esos protocolos”. Desde INBLAC se critica que diferentes
informaciones en medios de comunicación generan confusión sobre lo que es y no
es blanqueo de capitales “los delitos societarios son una cosa y el blanqueo otra.
E incluso delitos puramente administrativo no deben confundirse con el propio
blanqueo de capitales. Son realidades cercanas, pero diferentes”, aclaran.
También se es consciente que se habla mucho del delito en sí y poco de la
cooperación internacional y de la lucha que hay en materia de prevención.
Desde INBLAC se pide a las empresas que
hagan un esfuerzo para desarrollar una política activa en materia de prevención
de blanqueo de capitales. En este sentido, se está obligado por ley a tener un
programa de Compliance que de forma preventiva ayude a controlar y evitar en lo
posible este tipo de delitos” hay que tener unos estándares de calidad
recomendables y apostar por la prevención, comenta el nuevo presidente de esta
asociación profesional. “Hay que darse cuenta que trabajar de forma preventiva
en materia de blanqueo de capitales redunda en su propio beneficio como en el
de toda la sociedad. Si prevenimos bien, podemos preservar el Estado de
Bienestar, desde esta perspectiva; añade. Y alude a la gran cantidad de dinero
negro que configura nuestra economía sumergida como botón de muestra. “Con el
nuevo Reglamento hay muchas herramientas adaptables al tamaño de cualquier
empresa en materia de prevención”, explica Bonnnati.
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